lunes, 21 de octubre de 2013

LA IN-DOCTRINA PAROT JUSTICIA


Los abogados de Inés del Río procederán en las próximas horas y días a realizar los trámites legales necesarios para reclamar la puesta en libertad inmediata de otros 55 presos de ETA afectados por la doctrina Parot que, tras el pronunciamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), estos letrados han dado por "muerta".
En una rueda de prensa celebrada en Bilbao, Amaia Izko y Ainhoa Baglietto, como portavoces del equipo de abogados de Inés del Río, han señalado que ya han pedido la puesta en libertad de su defendida, así como de Antton Troitiño. Posteriormente, reclamarán la puesta en libertad de 54 personas que "tras haber cumplido íntegramente sus condenas, están en prisión de forma injusta".
Según han explicado, este martes se reunirá el pleno de jueces de la Audiencia Nacional, en una reunión en la que "sólo pueden acordar poner en libertad a Inés del Río mañana mismo". "Desde el punto de vista jurídico, no hay margen para mantener su encarcelamiento", han asegurado.
Preguntadas por cómo ha recibido la noticia la presa de ETA, han señalado que está "feliz" por la decisión del TEDH, pero han lamentado que "es una buena noticia que llega demasiado tarde, ya que el caso de Inés se viene denunciando desde 2008".

cortesia libertadigital.com

1 comentario:

  1. la 'doctrina Parot'
    Juan Manuel Bellver (enviado especial) | Estrasburgo (Francia)
    Actualizado martes 22/10/2013 03:29 horas
    Disminuye el tamaño del texto
    Aumenta el tamaño del texto
    Comentarios 34
    Diecisiete hombres, presididos por el luxemburgués Dean Spielmann, formaban la gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que esta mañana ha desestimado el recurso de España contra la sentencia de la sala tercera de dicho tribunal pronunciada en julio de 2012 a favor de la demandante Inés del Río. Diecisiete magistrados, designados entre el medio centenar que integran la corte de Estrasburgo, para revisar un año después el trabajo de siete compañeros.
    De aquellos siete jueces que condenaron por unanimidad a España a poner en libertad a la terrorista vasca e indemnizarla con 30.000 euros por daño moral, sólo uno repetía en este proceso en apelación: precisamente el español Luis López Guerra (León, 1947), jurista, magistrado y catedrático constitucionalista. Ex vipresidente del Constitucional y del Consejo del Poder Judicial, además de secretario de estado de Justicia en la primera legislatura de Rodríguez Zapatero, López Guerra fue también diputado del PSOE en la Comunidad Autónoma de Madrid durante el periodo 2003-2007, hasta que en febrero de 2008 se convirtió en magistrado de TEDH.
    Su presencia era necesaria en la revisión del caso del Río ya que el magistrado del país implicado siempre forma parte de la Gran Sala en sus deliberaciones. Sin embargo, el leonés no suscribió ninguno de los tres votos particulares discrepantes emitidos por siete de sus colegas, los representantes de Liechtenstein, Austria, Irlanda, Bélgica, Moldavia, Reino Unido y Bosnia Herzegovina, cinco de los cuales no estaban de acuerdo sobre el pago compensatorio a una terrorista con un elevado número de víctimas mortales en su historial, en tanto que otros se oponían a especificar que la etarra debía ser excarcelada en un plazo de tiempo lo más breve posible.
    En el otro extremo del tribunal se halla el juez chipriota George Nicolaou, que en vez de emitir un voto disidente o parcialmente discrepante ha emitido un voto concurrente. Esto es, que no está de acuerdo con la totalidad de la argumentación legal del veredicto, pero sí en cambio con la decisión final adoptada. Nacido en 1945 en Larnaca (Chipre), el magistrado que menos se ha creído el fallo del TEDH sobre la vulneración por parte del estado español de los artículo 5.1 y 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos estudió Derecho en Londres y luego desarrolló su carrera judicial en su país natal, donde fue nombrado magistrado del Supremo en 1995, manteniéndose en el cargo 18 años, hasta que en 2008 aterrizó en Estrasburgo.
    Su voto concurrente, unido a los parcialmente discrepantes de otros siete colegas, es el único y escaso consuelo que le queda a España en este proceso. Aunque estos posicionamientos no hayan afectado en nada a la sentencia final, sí contarán en el futuro para dictar doctrina y jurisprudencia alrededor de esta la demanda nº42750/09 que le da la puntilla definitiva a la doctrina Parot.

    ResponderBorrar