martes, 29 de octubre de 2013

FUJIMORI EN APUROS DE ULTIMA HORA PERU

El 20 de julio de 2012 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por Javier Villa Stein, y que integró junto a los vocales supremos Josué Pariona Pastrana, Jorge Salas Arenas y Francisco Miranda Molina, acordó también retirar la condición de “lesa humanidad” a los crímenes perpetrados por dicho grupo paramilitar.
Ante el rechazo y repudio generalizado del país por este fallo, el 28 de septiembre del mismo año la misma Sala Penal Permanente que emitió esa sentencia la anuló, además de decidir la formación de un nuevo tribunal para revisar la condena al grupo Colina por las matanzas de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri.
Además, en dicha resolución de nulidad se dio cuenta del dispositivo emitido por la Corte Interamericana, el 7 de septiembre del 2012, en relación con la supervisión de cumplimiento de la sentencia del Caso Barrios Altos vs. Perú, del 14 de marzo del 2001.
Sin embargo, la Fiscalía de la Nación archivó una investigación contra Morales Parraguez, por el delito de prevaricato, presentada por su actuación en la referida sentencia de julio de 2012 que suscribió como miembro de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.

XORTESIA LAPRIMERA, PERU, PE

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